SUENA BONITO PERO NO ES
La verdad es que según la Ley Nº 27972.- Ley Orgánica de Municipalidades, en su Título XIII “LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA” considera solo a Lima como tal, a las pruebas me remito: “La capital de la República tiene el régimen especial del presente título, de conformidad con el artículo 198º de la Constitución”. (artículos siguientes se tratan capítulos referentes al concejo metropolitano, alcaldía metropolitana, competencias y funciones etc, todas referidas íntegramente a Lima y nunca por ejemplo a El Tambo).
Visitantes escépticos no crean que no consulte con su pagina favorita: Wikipedia, veamos que nos dice su popular WIKI: “Un área metropolitana es una región urbana que engloba una ciudad central que da nombre al área y una serie de ciudades satélites que pueden funcionar como ciudades dormitorio, industriales, comerciales y servicios, todo ello organizado de una manera centralizada. También se la conoce como red urbana.
Hay numerosos ejemplos de áreas metropolitanas en el mundo. En América del Sur: Sao Paulo ,Buenos Aires, Río de Janeiro, Lima-Callao, Arequipa, Santiago de Chile, Caracas, Concepción, Montevideo, La Paz, Quito, Medellín y Bogotá”.
¿En los ejemplos encuentran al Metropolitano Distrito de El Tambo?
Se abre la polémica.
¿En los ejemplos encuentran al Metropolitano Distrito de El Tambo?
Se abre la polémica.
1 comentario:
ME PARECE CORRECTO NO DEBERIA SER METROPOLITANA.... AH CREO QUE LA CHILCA AHORA ASI DE LA NADA TAMBIEN SE HACE LLAMAR METROPOLITANA NO?
Publicar un comentario